jueves, 19 de enero de 2017

¿Sabes cómo debes presentar un reclamo sobre tu seguro?

La industria de los seguros, como todas, tiene clientes insatisfechos. A fines del 2014 solo eran objeto de reclamo 25 de cada 10,000 operaciones. Es un porcentaje bajo tomando en cuenta la complejidad de las pólizas.
Las coberturas que tienen más reclamos son precisamente las más frecuentes: vehiculares y de salud. La Asociación Peruana de Empresas de Seguros (Apeseg) le muestra los procedimientos que usted debe seguir para presentar un reclamo.
A LA EMPRESA
No tiene costo y las empresas de seguros lo atienden en un plazo promedio de 17 días calendario. Si el cliente no está conforme, puede acudir en segunda instancia a la Defensoría del Asegurado (defaseg.com.pe), sin costo alguno. El caso se resolverá en un plazo de 30 a 60 días, dependiendo de su complejidad. En el 2014, la Defensoría del Asegurado resolvió 37% de los casos a favor del cliente. Sin embargo otro 10% fue declarado cerrado, esto ocurre cuando la aseguradora y el cliente, en el camino, llegan a un acuerdo.
SUPERINTENDENCIA
En caso de encontrar falta por parte de la empresa, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) sancionará a la compañía con una multa, sin un resarcimiento al cliente.
INDECOPI
El cliente puede presentar un reclamo sin costo. Si el Indecopi encuentra falta en la empresa, mandará resarcir al cliente. Si el usuario no está conforme, puede presentar una denuncia con un costo de 38 soles. Si la empresa es hallada responsable, se le impondrá una multa y deberá resarcir al cliente hasta por el mismo monto del perjuicio causado.
CONSIDERAR
Hay que tomar en cuenta que si uno decide reclamar ante la aseguradora y en segunda instancia ante la Defensoría del Asegurado, no afecta su derecho a ir posteriormente ante el Indecopi. Sin embargo no ocurre lo mismo en el sentido opuesto: si el cliente ya presentó un reclamo ante el Indecopi, deberá desistir del mismo para que la Defensoría del Asegurado pueda tomar el caso.
Los casos cerrados son aquellos en los que no llega a emitirse una resolución porque el demandante y la aseguradora, en el camino, llegan a un acuerdo. Por este motivo, los 30 casos del 2014, más los 50 resueltos a favor del cliente, pueden tomarse como 80 casos de clientes contentos.

Fuente: PERU 21

sábado, 31 de agosto de 2013

CAMBIO DE PLACAS, CRONOGRAMA, SANCIONES, REQUISITOS, ETC

placa en el PerúLos vehículos para el servicio de transporte público de pasajeros con placas de rodaje que culminen en el dígito “1” tienen que ser cambiados por sus propietarios, esto desde el lunes 2 de septiembre según el cronograma dispuesto por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
Están obligados al cambio los dueños de taxis, combis, coasters, ómnibus urbanos e interprovinciales, movilidades escolares, de personal y de servicio turístico, así como camiones y carretas de remolque, indicó la Asociación Automotriz del Perú (AAP).
De otro lado, los vehículos cuya placa acabe en “0” cuyos dueños no las cambiaron en agosto, serán considerados sin placas por carecer de valor legal. Desde el 1 de setiembre se les aplicará una multa de S/.444 nuevos soles y la captura del vehículo.
Si su placa está por vencer debe seguir estos pasos:
1) Solicitar a la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP) el nuevo número de placa que llevará la tarjeta de identificación vehicular, trámite que demora 3 días y cuesta S/. 18.
2) Tramitar las placas en la Asociación Automotriz del Perú (AAP). Hay tres opciones: vía Internet (www.placas.pe), telefónica (640-3636 en Lima o 0800-7-1111 desde provincias) o acudir a la Av. Camino Real 111 Of. 117 en San Isidro, previo pago de S/.114 nuevos soles.
¿Quienes deben de cambiar la nueva Placa de Rodaje?
• Todos los vehículos importados (Nuevos y Usados) que se inscriban por primera vez en los Registros Públicos de la SUNARP.
• Todos los vehículos que actualmente tengan el modelo de placa anterior y que realicen algún trámite de actualización o regularización de su Registro de Propiedad Vehicular en la SUNARP cómo:
• Transferencia de propiedad
• Modificación de características del vehículo
• Emisión de duplicado
• Cambio voluntario (próximamente)
¿Cuanto cuesta?
• Para los vehículos livianos y pesados (autos, camionetas, buses, camiones, etc.) el precio es de S/. 115.38
• Para los vehículos menores (motos, motocars, mototaxis, etc.) el precio es de S/. 35.50
TRAMITE PARA CAMBIAR PLACA DE RODAJE:
¿Cuál es el procedimiento para el trámite?
1. Realizar su trámite en la SUNARP, donde le entregarán dos (2) documentos:
• “Tarjeta de Propiedad Vehicular” con el nuevo número de la Placa de Rodaje
• “Orden de Giro a nombre de la AAP”
2. Realizar el pago correspondiente en cualquiera de los bancos afiliados al sistema (BCP y BBVA) acercándose a la ventanilla y haciendo referencia al pago por el derecho de la “Placa de Rodaje” a la Asociación Automotriz del Perú, brindando el “Número de Placa” consignando en su Tarjeta de Propiedad Vehicular.
3. Realizar la “Solicitud de la Placa Unica Nacional de Rodaje” vía web a partir de las 24 horas posteriores de realizado el pago en los bancos referidos anteriormente, en la siguiente dirección:http://www.placas.aap.pe
Los requisitos obligatorios para recoger sus placas son:
1. La “Orden de Giro a nombre de la AAP” emitida por la SUNARP o el “Certificado Único de Reclamación (CUR)” que se podrá imprimir al momento de generar su “Solicitud Web”.
2. Mostrar su DNI. en caso sea titular del vehículo o entregar un “Poder Notarial” en el que se designe a su representante para realizar este trámite si no lo fuera.
3. Solo para el caso de transferencias o cambios de características: Devolver las Placas de Rodaje antiguas o presentar la denuncia policial correspondiente por la pérdida o robo de las mismas.

viernes, 2 de agosto de 2013

LICENCIA DE CONDUCRI MOTOS OJO A LAS CATEGORIAS

De acuerdo a la categoría existen distintos tipos de Brevetes para tu moto, estos documentos son otorgados por la Municipalidad de Lima
licencia
La Licencia de Conducir o Brevete para moto, es el documento más importante que debe tener todo motero, esta demuestra que la persona está calificada para manejar su vehículo sin problemas. Es por eso que Todomotos conversó en exclusiva con Luis Quispe Candia, presidente de la ONG Luz Ámbar, para que nos explique mejor sobre este tema.
Quispe Candia aclaró que al igual que para autos, las licencias de conducir se entregan de acuerdo a las categorías de las motocicletas, esta clasificación depende de distintas especificaciones como por ejemplo la capacidad de cilindros y las velocidades máximas que alcanzan estos vehículos, así como el número de ruedas.
En el caso de los brevetes tipo “B-II a”, éste autoriza que la persona conduzca vehículos de las categorías L1 y L2, es decir, los que cuentan con dos o tres ruedas, que tengan una cilindrada de 50 cc, y alcancen los 50 kilómetros por hora como velocidad máxima, dentro de este grupo se pueden mencionar las bicimotos, trimotos, ciclomotores y algunos scooters, que estén destinados a transporte particular o de mercancías.
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En cambio para las personas que deseen conducir vehículos, de más de 50 cc y que ruedan a más de 50 kilómetros por hora,vale decir, los que se encuentran contemplados en las categorías L3 y L4, deberán obtener el brevete tipo “B-II b”, dentro de estas categorías están la mayoría de las motos, y las que vienen con sidecar.
“Las licencias de conducir para vehículos menores son entregadas por la Municipalidad Provincial en todas las licencias de la categoría B, en este caso es la de Lima, que ha delegado al Touring Club esta labor, lamentablemente sólo es posible obtener licencias tipo B-II b y B-II c, mientras que las otras son letra muerta” mencionó Quispe Candia.
El brevete de moto es indispensable para circular por las calles a bordo de tu amigo de dos ruedas, recuerda que no haberlo sacado o no tenerlo contigo mientras manejas es una falta que se sanciona con 3,700 soles, así que lo mejor es que lo tengas contigo y si no obtenerlo lo más pronto posible.

Entrevista a Luis Quispe Candia de Luz Ambar en TODOMOTOS